Padrón Municipal
Consulta de carácter general resuelta por la Comisión Permanente del Consejo de Empadronamiento en la sesión de 13 de noviembre de 2019

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1.- Validez del documento Manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional para acreditar la identidad de un menor extranjero en el Padrón.



1.- Validez del documento Manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional para acreditar la identidad de un menor extranjero en el Padrón.

Tras consultar a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras sobre la validez del documento “Manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional”, la misma informó que únicamente se trata de un documento administrativo que garantiza la no devolución del interesado hasta que este "solicite" la protección internacional, momento en el cual se le podrá facilitar el nuevo "Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional”, admitido como válido para la identificación, según se puso de manifiesto en la reunión de la Comisión Permanente de 2 de julio de 2019.

En consecuencia, teniendo en cuenta que esta “Manifestación” no contiene NIEX, se considera que por sí sola no es un documento válido para acreditar la identidad en el Padrón.

Sin embargo, junto con la misma, en el expediente enviado por el Ayuntamiento se acompaña también una "Diligencia de citación" en la que figura una fotografía, NIEX, huella dactilar y otros datos personales del interesado, junto con su firma.

Por todo ello, considerando que se trata de un menor y que la fecha que le han dado para formalizar la solicitud de protección internacional es dentro de 9 meses, la Comisión considera que ambos documentos conjuntamente podrían admitirse como válidos para identificarlo.